Un programa radiofónico de los tiempos de María Canica, que recreaba, dramatizándolas, notas policiacas que por alguna razón habían alcanzado cierta notoriedad, se llamaba “El que la hace, la paga”: en parte porque un refrán (“evangelios chiquitos”, los llamaban las abuelas) así lo establecía, y en parte porque, en tratándose de delitos -robos, asesinatos, etc.-, en efecto, el que la hacía, la pagaba…Esa, entonces, era la regla. No la excepción, como ahora.-II-Quienes perpetraron la masacre -necesariamente concertada- del viernes pasado en la Colonia La Jauja, de Tonalá, asesinando a once personas que, al parecer, departían amablemente en la vía pública, seguramente lo hicieron con premeditación, alevosía y ventaja. Actuaron cuando no había posible oposición de sus víctimas o presencia de policías que lo impidieran. Quienes vayan a perpetrar acciones similares, en el futuro, tomarán las mismas providencias.La policía, de ordinario, opera en desventaja porque interviene a posteriori: sobre los hechos consumados; aparece cuando los delincuentes ya no están. Sin embargo, aunque supuestamente dispone de recursos para recoger testimonios, pistas o indicios que les permitan identificar a los delincuentes y actuar en consecuencia, en la práctica eso solo ocasionalmente sucede. Lo demuestra el hecho de que, en México, más del 95% de los delitos que se cometen quedan impunes.Improbable -por no decir imposible- como es que las autoridades puedan prever el próximo o los próximos delitos e impedirlos con su presencia, los posibles delincuentes saben que llevan todas las ventajas: difícilmente se les impedirá actuar; difícilmente serán identificados, capturados, procesados y condenados. -III-En el capítulo de sus “Lineamientos generales de Derecho Penal” correspondiente a “La pena y las medidas de seguridad”, el jurista Fernando Castellanos Tena recuerda que “La pena es la reacción social jurídicamente organizada contra el delito”. (La pena -agrega- “debe ser intimidatoria; es decir, evitar la delincuencia por el temor de su aplicación; ejemplar, al servir de advertencia a los demás y no solo al delincuente; correctiva, pues debe producir en el penado la readaptación a la vida normal”, etc.).Se infiere, por tanto, que hay una relación directa entre la aptitud o la capacidad de las autoridades para esclarecer delitos y sancionar delincuentes, y la incidencia de esas conductas. Los ciudadanos solo pueden realizar sus actividades lícitas, normales, sin temer a malhechores y delincuentes, si en su entorno social la ley no es letra muerta, ni puro cuento el dicho de que “El que la hace, la paga”.