Miércoles, 24 de Abril 2024

Utilidades 2022: Aumentan empresas que reparten esta prestación; benefician a 900 mil trabajadores

Este 2022, 84% de las unidades económicas entregarán reparto de utilidades a sus empleados a comparación del 65% que se había manejado desde hace 16 años

Por: Yunuen Mora

Autoridades recordaron que las empresas deben repartir 10% de su utilidad generada. EFE / ARCHIVO

Autoridades recordaron que las empresas deben repartir 10% de su utilidad generada. EFE / ARCHIVO

El reparto de utilidades post pandemia se incrementó. Este año, 84% de las unidades económicas entregarán reparto de utilidades a sus empleados a comparación del 65% que se había manejado desde hace 16 años que la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) Jalisco realiza la encuesta.

Sin embargo, la inseguridad cada vez crece más como el factor de riesgo que presentan las empresas para no desarrollarse.

Carlos Villaseñor, presidente de la Coparmex, detalló que el reparto de utilidades este año en Jalisco se traduce en 900 mil trabajadores beneficiados, mientras que el año pasado se benefició a 850 mil. Además que el 16% que afirmó que no entregará son aquellas que están exentas por ley.

Entre los riesgos que señalaron las empresas para evitar que crezcan, la seguridad creció al triple respecto a los dos años anteriores, seguido de la política nacional, la capacidad de innovación y el COVID-19 que, aunque disminuyó como factor de riesgo, sigue estando presente.

"Desde Coparmex se hace un llamado a promover la formalidad para garantizar mejores condiciones laborales y un mayor impacto económico y social a las familias de los trabajadores", señaló Villaseñor.

Ricardo Barbosa, presidente de la Comisión Laboral Nacional y en Coparmex Jalisco, recordó que las empresas deben repartir 10% de su utilidad generada: la mitad para empleados que hayan trabajado más de 60 días y la otra mitad de acuerdo con su salario y se pueden repartir hasta 90 días según el salario.

Sin embargo, hay excepciones según el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo:

  • Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
  • Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
  • Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración.
  • Instituciones, empresas u organismos con fines humanitarios de asistencia y sin propósitos de lucro.
  • El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía.

Si el patrón se niega a repartir utilidades, o se niega a mostrar los documentos donde dice que no puede dar utilidades, el personal puede acudir a la Secretaría del Trabajo.

GC

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